El Senado de la República aprobó en primera lectura el Proyecto de Ley que regula el Embargo Retentivo en la República Dominicana, una iniciativa de los senadores Ricardo de los Santos, Cristóbal Venerado Castillo y Antonio Manuel Taveras Guzmán, que busca modernizar y establecer un marco jurídico claro para este procedimiento legal.
La pieza legislativa establece que podrán ser objeto de embargo los créditos y bienes muebles que sean afectados bajo esta figura, así como los bienes comprendidos en el mercado de valores y productos financieros de cualquier índole. También incluye los bienes incorporales, sometidos o no a registro, conforme al capítulo IV de la ley.
El proyecto limita los actos de embargo retentivo a un máximo de diez créditos por cada procedimiento, bajo pena de levantamiento, en concordancia con lo dispuesto en el título II, capítulo I de la propuesta normativa.
En sus considerandos, el proyecto define el embargo retentivo como el procedimiento mediante el cual un acreedor puede afectar sumas y bienes muebles propiedad de su deudor que estén en posesión de un tercero al momento de realizar el embargo. La medida se aplica para garantizar la conservación y ejecución de un crédito que sea cierto, líquido y exigible.
Con esta aprobación en primera lectura, la iniciativa legislativa continúa su curso en el Congreso Nacional, con miras a una segunda discusión y eventual conversión en ley, lo que significaría un avance en la regulación de mecanismos de cobro y protección de acreedores en el país.